El impuesto sucesiones, impuesto directo, progresivo y subjetivo que grava el incremento del patrimonio de una persona obtenido a título gratuito por mortis causa, es decir, por el fallecimiento de otra persona, normalmente de un familiar o cónyuge, de la que es heredero.
El impuesto sucesiones y donaciones se presenta a través de los modelos , 650 y 651.
Es imprescindible saber, que a la hora de liquidar el impuesto sepamos que cada comunidad autónoma tiene su propia normativa e influye a la hora de pagar.
A la hora de aplicar el impuesto es importante tener en cuenta tres aspectos: la base imponible, las reducciones autonómicas, y la cuota tributaria.
Donación ( inter vivos ): impuesto que se aplica a toda transferencia de bienes hecha entre vivos, de manera gratuita.
Al igual que el impuesto de sucesiones también hay que tener en cuenta la base imponible, las reducciones autonómicas y la cuota tributaria.
Nos encargamos de la inscripción de los inmuebles a nombre del nuevo propietario, este servicio incluye: